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Cronograma de procedimientos para solicitud de ejercicio del comercio ambulatorio en el distrito de la victoria

CRONOGRAMA DE PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITUD DE EJERCICIO DEL COMERCIO AMBULATORIO EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA
CRONOGRAMA
(EN DÍAS HÁBILES)
01
15 de octubre de 2019
Publicación del Formato de Inscripción en el Padrón Municipal.
Se realizará en el Portal Institucional de la Municipalidad – www.munilavictoria.gob.pe – para que toda persona natural u organización (asociación de comerciantes) que ejerza actividad económica en la vía pública del distrito, pueda descargar el formulario antes mencionado para su inscripción.
02
Del 16 al 22 de octubre de 2019
Recepción de los Formatos de Inscripción en el Padrón Municipal.
Las personas naturales u organización* (asociación de comerciantes) que ejerzan el comercio ambulatorio en la vía pública deberán remitir una carta, a través de Mesa de Partes de la Municipalidad, dirigida a la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados adjuntando el Formato de Inscripción en el Padrón Municipal debidamente llenado, además de una (01) copia de su documento de identidad para que se proceda al registro de sus datos en el Padrón Municipal.

(*) En relación a las personas que pertenezcan a una asociación, su representante deberá remitir, consolidando en un solo expediente, las solicitudes - Formato de Inscripción en el Padrón Municipal - de cada uno de sus miembros, quienes deberán llenar y firmar el formulario antes mencionado.
03
Del 23 al 29 de octubre de 2019
Registro de los datos en el Padrón Municipal.
La Subgerencia de Comercio Informal y Mercados registrará en el sistema digital los datos contenidos en los Formatos de Inscripción al Padrón Municipal, que otorgará la condición de comerciantes ambulantes regulados a las personas naturales y a las organizaciones (asociaciones de comerciantes) que participaron del proceso de inscripción.
04
Del 30 de octubre al 04 de noviembre de 2019
Publicación del Padrón Municipal.
El Área de Comunicaciones e Imagen Institucional realizará la publicación del Padrón Municipal en el Portal Institucional de la Municipalidad - www.munilavictoria.gob.pe.
05
Del 05 al 11 de noviembre de 2019
Recepción de solicitudes para el ejercicio del comercio ambulatorio en la vía pública.
Las personas naturales con condición de comerciante ambulante regulado (es decir, que figuren en el Padrón Municipal), y las organizaciones* (asociaciones de comerciantes) con RUOS vigente podrán remitir a la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados las solicitudes de autorización para el ejercicio del comercio ambulatorio en el distrito, adjuntando los requisitos establecidos en el Artículo 18º de la Ordenanza nº 325-2019/MLV, a fin de que se realicen las evaluaciones respectivas de cada expediente.

(*) En relación a las personas que pertenezcan a una asociación de comerciantes, el representante deberá remitir el consolidado de las solicitudes por cada uno de sus miembros, adjuntando los requisitos establecidos en la Ordenanza nº 325-2019/MLV, presentando toda la documentación concerniente a sus asociados en un solo expediente.
06
Hasta 30 días hábiles posteriores a la fecha de presentación de cada solicitud.
Evaluación de las solicitudes de autorización para el ejercicio del comercio ambulatorio en la vía pública.
La Subgerencia de Comercio Informal y Mercados realizará las evaluaciones de las solicitudes para el ejercicio del comercio ambulatorio autorizado, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza nº 325-2019/MLV; emitiéndose la resolución administrativa que resuelva dicho procedimiento.
FORMATO DE INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN MUNICIPAL
FORMATO DE SOLICITUD - DECLARACIÓN JURADA DE DESEMPEÑO DEL COMERCIO AMBULATORIO AUTORIZADO EN LA VÍA PÚBLICA COMO ÚNICA ACTIVIDAD ECONÓMICA
EJEMPLO DE LLENADO DEL FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA

(SOLO PARA FINES ORIENTATIVOS)

PADRÓN MUNICIPAL DE COMERCIANTES AMBULANTES DEL DISTRITO DE LA VICTORIA RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA N° 001-2019-SGCIM-GDE/MLV

NOTA: LA PRESENTE RELACIÓN NO IMPLICA AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DEL COMERCIO AMBULATORIO.

BASE LEGAL - ORDENANZA 325-19