Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizadas e instituidas en cada entidad del Estado, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueven una gestión eficaz, eficiente, ética y transparente. Se fundamenta en una estructura basada en cinco componentes funcionales:
1. Ambiente de Control | Se refiere al conjunto de normas, procesos y estructuras que sirven de base para llevar a cabo el adecuado Control Interno en la entidad. Es de aplicación transversal a la organización |
2. Evaluación de Riesgos | Se refiere a un proceso permanente a fin de que la entidad pueda prepararse para enfrentar dichos eventos. El riesgo es la posibilidad que un evento ocurra u afecte adversamente los objetivos de la institución |
3. Actividades de Control | Se refieren a aquellas políticas y procedimientos establecidos por la entidad para disminuir los riesgos que pueden afectar el logro de objetivos de la entidad |
4. Información y Comunicación | Se refieren a aquellas políticas y procedimientos establecidos por la entidad para disminuir los riesgos que pueden afectar el logro de objetivos de la entidad |
5. Supervisión | Se refiere al conjunto de actividades de control incorporadas a los procesos y operaciones de supervisión de la entidad con fines de evaluación y mejora continua" |
Alcanzar los objetivos institucionales de manera eficaz y eficiente en cada una de sus dependencias.
AUTOCONTROL
Todo funcionario o servidor del Estado debe:
Evaluar su trabajo.
Detectar desviaciones.
Efectuar correctivos cuando considere necesario, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y tareas bajo su responsabilidad garanticen el ejercicio de una función administrativa transparente y eficaz.
AUTORREGULACIÓN
Toda entidad del Estado debe:
Reglamentar, con base en la Constitución y en la ley, los asuntos propios de su función y definir aquellas normas, políticas y procedimientos que permitan la coordinación efectiva y transparente de sus acciones.
AUTOGESTIÓN
Toda entidad del Estado debe:
Conducir, coordinar y aplicar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido delegada por la Constitución y las normas legales.
Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizadas e instituidas en cada entidad del Estado, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueven una gestión eficaz, eficiente, ética y transparente. Se fundamenta en una estructura basada en cinco componentes funcionales:
El sistema de control interno está a cargo de la propia entidad pública. Su implementación y funcionamiento es responsabilidad de sus autoridades, funcionarios y servidores:
Son los órganos o unidades orgánicas que por competencias y funciones participan en la implementación del SCI, como responsables del diseño o ejecución de los productos priorizados o áreas de soporte relevantes (planificación, presupuesto, logística, contrataciones, recursos humanos, comunicaciones, integridad pública, entre otros). Tienen las siguientes funciones:
a. Coordinar Con el Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del SCI, la ejecución de las acciones necesarias para la implementación del SCI.
b. Proporcionar la información y documentos requeridos por el Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del SCI, necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva.
c. Disponer que los funcionarios o servidores públicos, con mayor conocimiento y experiencia sobre la operatividad de los productos priorizados o áreas de soporte, participen en las acciones necesarias
La CGR es responsable de la evaluación del sistema de control interno de las entidades del Estado. Sus resultados contribuyen a fortalecer la institución, a través de las recomendaciones que hace de conocimiento de la administración para las acciones conducentes a superar las debilidades e ineficiencias encontradas.
Con la nueva Directiva N° 006-2019-CG/INTEG vigente a partir del lunes 20 de mayo de 2019, se establece un nuevo procedimiento para la Implementación del Sistema de Control Interno, con pasos a seguir para cada uno de los tres (3) ejes (nuevos), los mismos que agrupan a los cinco (5) componentes conocidos, que a su vez incluyen a los diecisiete (17) principios tomados del COSO 2013. En el siguiente gráfico se muestra el esquema del nuevo procedimiento:
Descripcion: | |
2.1.3.1 Acta de compromiso para la Implementacion del Sistema de Control Interno en la MDLV, (12-10-2018) |
Descripcion: | |
2.1.4.1 Acta de compromiso para la Implementacion del Sistema de Control Interno en la MDLV, (26-02-2019) |
Descripcion: | |
PLAN DE ACCIÓN ANUAL - SECCIÓN MEDIDAS DE CONTROL 2021 MLV | |
PLAN DE ACCIÓN ANUAL - SECCIÓN MEDIDAS DE REMEDIACIÓN 2021 MLV |
Descripcion: | |
PLAN DE ACCIÓN ANUAL - SECCIÓN MEDIDAS DE CONTROL 2019 MLV | |
PLAN DE ACCIÓN ANUAL - SECCIÓN MEDIDAS DE REMEDIACIÓN 2019 MLV | |
DIAGNÓSTICO DE LA CULTURA ORGANIZACIONAL MLV |